Existen diferentes criterios que hacen que una empresa esté obligada a hacer una auditoría de cuentas anuales, siendo el más habitual el que se basa en el tamaño de la propia empresa, tal como regula el Artículo 263 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
En base al tamaño de la empresa, estarán obligadas a realizar una auditoría de cuentas anuales todas aquellas empresas que superen al cierre del ejercicio y durante dos años consecutivos, dos de los siguientes tres parámetros:
– Cifra total del activo superior a 2.850.000 euros.
– Importe neto de su cifra de negocios superior a 5.700.000 euros.
– Número medio de trabajadores superior a 50.
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