24 de marzo de 2022

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Perito Económico Barcelona - Daño Emergente - Lucro Censante

Cálculo del perjuicio económico sufrido como consecuencia de incumplimiento contractual


Nuestro cliente era una empresa que cedió los derechos de explotación y parte de sus instalaciones y equipos para la creación de un restaurante, a una empresa de restauración, según contrato que suscribieron las partes donde se recogía el período de duración, obligaciones de las partes y contraprestación en concepto de cesión del arrendamiento.


A pesar de estos pactos entre las partes, se produjo un grave incumplimiento contractual por parte de la empresa de restauración, consistente en el impago de la renta mensual acordada, falta de información en tiempo y forma y mal estado de las instalaciones y espacios cedidos.


Finalmente, la empresa de restauración rescinde el contrato antes de su vencimiento, incumpliendo por tanto el acuerdo anticipada y unilateralmente, con el consecuente perjuicio para la sociedad que cedió los derechos de explotación, por la pérdida de beneficios así como el derivado de la asunción de los costes adicionales originados por la reforma y mantenimiento de los equipos y espacios cedidos debido a la necesaria rehabilitación para la actividad comercial.


En este sentido se nos requirió para cuantificar el daño emergente y lucro cesante que en esta tipología de pleitos son de aplicación en base a una serie de magnitudes y aspectos críticos financieros y contables que existían en el momento de la contratación. En concreto, nuestro trabajo consistió en el análisis y cuantificación del perjuicio económico sufrido debido al incumplimiento contractual por parte de una sociedad mercantil. Concretamente, cuantificación del perjuicio económico-financiero de:


  • Ingresos por rentas que se hubiesen devengado desde la última factura abonada, los cuales no han sido facturados por la omisión de la información que debió proporcionar el inquilino y que serán objeto de estimación por parte del perito.
  • Lucro cesante como consecuencia de la rescisión anticipada del contrato suscrito entre las partes, así como el causado por el deterioro de las ventas por falta de calidad de servicio, reclamado en numerosas ocasiones, y el derivado de las bajas de socios provocadas por el mal servicio prestado.
  • Daño emergente soportado por la sociedad mercantil como consecuencia del estado actual de las instalaciones y equipos utilizados así como otros daños colaterales que le han comportado la rescisión contractual y el estado de los activos cedidos.
  • Tuvimos en cuenta otros posibles daños colaterales o de otra índole que estimamos correspondían como consecuencia de la diferente información y evidencias detectadas fruto de nuestra intervención – pericia realizada.

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