25 de marzo de 2022

Sentencia sobre la nulidad parcial del clausulado multidivisa de un préstamo hipotecario

Munt Audit & Forensic, en calidad de peritos designados por la parte demandante, ha participado en el litigio que se celebró en los juzgados de 1ª instancia de Sabadell (Barcelona) emitiendo y ratificando un informe pericial vinculado a un litigio en el cual se solicitaba, en síntesis, la nulidad parcial del clausulado vinculado con la opción Multidivisa de un préstamo hipotecario suscrito entre una persona física y una entidad financiera de reconocido prestigio por presunta infracción de determinadas normas.


Nuestro trabajo desde Munt Audit & Forensic, como peritos-auditores, consistió en verificar y acreditar, de manera objetiva, sobre los extremos vinculados a la definición y exposición de riesgos a los cuales está expuesto un cliente por la contratación de un préstamo hipotecario en divisa distinta del euro con opción multidivisa y el análisis de otras cláusulas de índole financieras y la cuantificación del perjuicio económico-financiero incurrido desde la fecha de suscripción hasta la actualidad como consecuencia de la suscripción de un préstamo hipotecario "multidivisa" en vez de un préstamo hipotecario "convencional" en Euros-Euribor así como el equilibrio económico de este producto a fecha de suscripción (costes explícitos, implícitos y expectativas de mercado en base a fuente Bloomberg).


Destacar la importancia que en este tipo de pleitos tiene la aportación de un dictamen pericial que permita concluir sobre dichos extremos de índole económico financiero y/o contable, tal y como se desprende de los fundamentos y fallo de la sentencia del año 2015 del citado Juzgado de 1ª instancia e instrucción de Sabadell donde, Su Señoría recoge, entre otras evidencias, las manifestaciones expuestas por nuestra parte como peritos donde se acreditaban, copia literal, que no era un producto aconsejable o conveniente para la actora quien no consta que tuviera un perfil agresivo o inversor, conveniencia que de conformidad con el principio de buena fe debía haber sido considerada por la entidad demandada así como la acreditación del perjuicio económico en el momento inicial y posterior a la contratación.


Su señoría concluía en este caso declarando la nulidad parcial del préstamo hipotecario suscrito por las partes en todos los contenidos referentes a la opción multidivisa por error en el consentimiento. Además declara que el efecto de dicha nulidad parcial implica la consideración de que la cantidad adeudada por la actora es el saldo vivo de la hipoteca referenciado a euros, debiéndose realizar un recálculo de todas las cuotas de la hipoteca desde el momento de suscripción de la misma, aspecto por el cual también participamos en la elaboración de una nota económica de revisión de cálculos efectuados por la parte.

Categoría: Civil

Etiqueta: Bancario

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